Un grupo de juristas consideraron hoy que la revisión de un celular entre pareja no constituye delito alguno, contrario a lo afirmado por la Fiscal del Distrito Nacional.
Trajano Potentini, Cándido Simón Polanco, Jhon Garrido, Blas Minaya Nolasco y Diego José García, tras participar en un conversatorio organizado por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT) y la Librería Jurídica Global, entienden que las afirmaciones de la fiscal Yeni Berenice Reynoso están descontextualizadas. La pasada semana la fiscal, a través de su cuenta de Twitter, estableció que revisar el teléfono de la pareja sin su consentimiento es un delito y se castiga con pena de tres meses a un año de prisión y multa de uno a 200 salarios mínimos. Aducen que la fiscal avaló su afirmación en un artículo de la ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología: qué establece, artículo 6.- Acceso Ilícito. Que el hecho de acceder a un sistema electrónico, informático, telemático o de telecomunicaciones, o a sus componentes, utilizando o no una identidad ajena, o excediendo una autorización, se sancionará con las penas de tres meses a un año de prisión y multa desde una vez a doscientas veces el salario mínimo. Simón Polanco, refirió que el acceso ilícito en el contexto de la ley 53-07, hace referencia a sistema informático, violado normalmente por vía remota con la intención de sabotear, dañar y/o robar informaciones, situación ajena a la relaciones entre pareja donde inclusive no existe el robo de conformidad con los dictados del artículo 380 del código penal. En tanto que Jhon Garrido, sostiene que de ser ciertas las consideraciones de la fiscal, entiende que colapsaría el sistema de justicia penal por la cantidad de querellas que recibiría a diario; además concibe al matrimonio como un contrato, con bienes comunes, donde la finalidad constitucional prevista en el artículo 55, lo que procura es la protección de la familia como espacio fundamental de la convivencia social en un clima de confianza e intimidad recíproca. Blas Minaya, calificó de absurdas y fomentadoras del conflicto social entre parejas las aseveraciones de la fiscal, asimismo llamó la atención del ministerio público a los fines de que propicien un clima de protección y armonía en el seno de la familia dominicana como núcleo y espacio vital de la sociedad, considerando no la protección de la mujer, del hombre o de los niños, sino la familia. Diego José García, consideró como inviable y absurdas las consideraciones de la fiscal, en el entendido de la imposibilidad de entronizar el quimérico delito en el procedimiento penal, en relación con la prueba y otros mecanismos atinentes al debido proceso de ley impracticables en el supuesto de que la revisión del celular constituyera delito. En el conversatorio también se dieron cita diversas personalidades del ámbito jurídico y académico del país, entre los que se destacan el diputado Orlando Espinosa, Elizabeth Mateo y Álvaro Camaño del movimiento cívico Toy Jarto, y Julio César de la Rosa, entre otros. |
ZONA SUR LA REVISTA DE SANTIAGO.RD Subido el 19/2/2010 En un lugar remoto, al nordeste de la isla de Santo Domingo, cuando el siglo XX cumplió su primer lustro, nació Eleuterio Brito en cuna humildísima. Uno de cuatro hijos que a tropezones crecieron bajo el peso de las limitaciones económicas, alejados de los medios de trasmisión de la cultura artística y literaria. No es hasta después de cumplidos los 10 años de edad que Eleuterio, como consecuencia de la separacion de sus padres, va a vivir a Puerto Plata. Allí, unos años después, cuando ya ha descubierto el don de su voz prodigiosa, escapa del lado de su madre y comienza a darse a conocer en Santiago de los Caballeros como el limpiabotas que canta. Finalmente su voz le lleva al encuentro de músicos con reconocido prestigio en la región y canta en el Café Yaque, donde obtiene gran éxito. Cuando apenas había cumplido 17 años de edad, la capital de la República lo acogió y, después de debutar en el Coney Island, fue...
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